
Jugo de frutas y néctar Reglamento de Nigeria
Lex Artifex LLP, bufete de abogados en Nigeria, ha introducido la Alimentación & Fármaco (F&re) Servicio de asistencia para ayudar a las personas y empresas que participan en la fabricación, distribución, exportación e importación de productos alimenticios y medicamentos regulados en el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Agencia Nacional de Nigeria para la Administración y Control de Alimentos y Medicamentos (“NAFDAC”). A continuación se muestra el zumo de frutas y néctar del Reglamento Nigeria.
Costo de la inscripción CON NAFDAC
Para obtener información sobre las tarifas aplicables y el costo de la inscripción productos con NAFDAC en Nigeria, en contacto con nosotros con la descripción o imagen del producto(s) cuyo registro se solicita, y vamos a enviar las estimaciones de gastos que le. Correo electrónico a lexartifexllp@lexartifexllp.com, WhatsApp +234 803 979 5959.
Zumo de fruta y REGLAMENTO néctar de NIGERIA
DISPOSICIÓN DE NORMAS
Comienzo:
1. Alcance
2. Prohibición
3. Definiciones / Composición de zumos de frutas, néctar y puré de frutas
4. propiedades organolépticas
5. Uso y límites de los aditivos alimentarios
6. Los límites máximos de contaminantes en los zumos y néctares de frutas
7. etiquetado
8. Nombre de jugo de fruta para indicar la naturaleza, etc..
9. Lista de ingredientes.
10. Pena.
11. Pérdida.
12. Interpretación
13. Derogación de zumo de frutas y néctar Reglamento 2018
14. Citación
15. horarios
Comienzo:
En uso de las facultades que le confiere el Consejo de Administración de la Agencia Nacional para la Administración y Control de Alimentos y Medicamentos (NAFDAC) por las Secciones 5 y 30 de la Ley de NAFDAC Cap N1 LFN 2004 y la Sección 12 de la Alimentación, Medicamentos y productos relacionados (Registro, Etcétera) Ley Cap F33 LFN 2004 y de todos los poderes que le permita en ese nombre, EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL Agencia Nacional para la Food and Drug Administration y control con la aprobación del Honorable Ministro de Salud establece el siguiente Reglamento:-
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Alcance
El presente Reglamento se aplicará a los productos de zumos de frutas y néctares fabricados, importado, exportado, anunciada, vende distribuido o utilizado en Nigeria.
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Prohibición
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No hay zumo o néctar de fruta deberán fabricarse, importado, exportado, anunciada, vende distribuido o utilizado en Nigeria, a menos que se haya registrado de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento.
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Ninguna persona podrá fabricar, importar, exportar, anunciar, vender, distribuir o utilizar de cualquier jugo de frutas o néctar que contiene edulcorantes no nutritivos sin la aprobación de la Agencia.
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El zumo de fruta puede contener azúcar, azúcar invertido o dextrosa y cualesquiera aditivos alimentarios.
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jugo de frutas no deberá contener edulcorantes no nutritivos menos que sea aprobado por la Agencia.
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Definiciones / Composición de zumos de frutas, néctar y puré de frutas
Definiciones y composiciones de zumos de frutas, néctar y puré de frutas será el establecido en el Anexo A”’ a este Reglamento.
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Propiedades organolépticas.
El producto deberá tener el color, aroma y sabor del zumo de fruta. Los componentes volátiles de jugo naturales pueden ser restaurados a cualquier zumo obtenido a partir del mismo tipo de fruta del que se han eliminado los componentes de jugo volátiles naturales.
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Uso y límites de los aditivos alimentarios
El uso y alcance de los aditivos alimentarios en la fabricación de zumos de frutas y néctar serán los aprobados por la Agencia y como se indica en el Anexo “D”.
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Límites máximos de contaminantes
Los límites máximos de contaminantes en los zumos y néctares de frutas deberán cumplir con los límites de lo dispuesto en el Anexo “E” de este Reglamento.
7. etiquetado
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jugos y néctares de frutas deberán etiquetarse de conformidad con la comida preenvasados (etiquetado) reglamentos 2018.
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El contenido en porcentaje de fruta presente deberá declararse en la lista de ingredientes en la etiqueta del producto.
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Sin etiquetado de bebidas se especifica en la presente Reglamentación llevará la palabra “zumo de frutas” a menos que el contenido de fruta es conforme a lo dispuesto en el Anexo C.
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Sin etiquetado de bebidas se especifica en la presente Reglamentación llevará la palabra “bebida de fruta” a menos que el contenido de jugo de fruta no es menor que 5 por ciento
.
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Nombre de jugo de fruta para indicar la naturaleza
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El nombre de cada zumo de fruta deberá indicar la naturaleza exacta,
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Donde se ha establecido un nombre para el zumo de fruta en este Reglamento, tal nombre se utilizará,
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Cuando no existe un nombre común para el zumo de fruta, un nombre descriptivo apropiado, se utilizará, siempre que, ningún producto podrá ser nombrado bebida de zumo de fruta,
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Un nombre acuñado o de fantasía se puede utilizar, siempre que el nombre no es engañosa y está acompañado por un término descriptivo apropiado,,
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En el caso de una combinación de dos o más zumos de fruta, el nombre de los jugos en el orden predominante de peso o la palabra “fruto” será declarada en el paquete, y
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En caso de un único zumo de frutas o una combinación de dos o más zumos de fruta, cualquiera de los cuales están hechos de concentrado(s), las palabras “de concentrado(s)”, deberá seguir el “jugo de palabra(s)" en el nombre(s) de jugo de tales(s) Cuando se declare en el paquete.
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Lista de ingredientes.
Una lista completa de ingredientes utilizados en la preparación de cualquier jugo de fruta deberá declararse en la etiqueta en orden descendente de la proporción presente, excepto en el caso de un zumo de fruta deshidratados destinados a ser reconstituidos mediante la adición de una cantidad apropiada de agua potable, en ese caso, los ingredientes pueden ser listadas en orden de proporción en el producto reconstituido, tal que la lista de ingredientes estará a cargo de una declaración como “ingredientes cuando se reconstituye”.
10. Pena.
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Cualquier persona que infrinja cualquiera de las disposiciones de este Reglamento será culpable de un delito y podrá ser condenado. En caso de :
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(una) un individuo, a prisión por un período no superior a un año o con una multa que no exceda 50,000 o ambas cosas prisión y multa; y
(segundo) persona jurídica, N100 a una multa que no exceda, 000.
(2) Cuando un delito en virtud de este Reglamento es cometido por una persona jurídica, firme u otra asociación de individuos cada:-
(una) director, gerente, secretario u otros agentes similares de la persona jurídica; o
(segundo) socio o directivo de la empresa o
(do) fiduciario del organismo en cuestión; o
(re) persona interesada en la gestión de los asuntos de la asociación; o
(mi) persona que pretenda actuar a título mencionado en los párrafos (una) a (re) de este reglamento, está solidariamente culpable de ese delito y podrá ser enjuiciada y castigada por ese delito de la misma manera que si se hubiera cometido la infracción, a menos que pruebe que el acto u omisión que constituye el delito se llevaron a cabo sin su conocimiento, consentimiento o connivencia.
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Confiscación después de la condena
(1) Una persona condenada por un delito previsto en este Reglamento perderá al Gobierno Federal-
(una) cualquier producto de activos o constitutivos propiedad derivados u obtenidos, directa o indirectamente, como resultado de la infracción;
(segundo) cualquiera de propiedad o instrumentos de la persona utilizados en cualquier forma para cometer o facilitar la comisión de la infracción.
(2) En esta sección, «producto» significa cualquier propiedad derivada u obtenida, directa o indirectamente, a través de la comisión del delito.
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Interpretación
En el presente Reglamento, a menos que el contexto exija otra cosa;
“Agencia”, la Agencia Nacional para la Administración y Control de Alimentos y Medicamentos:
“Zumo de frutas”Significa el líquido sin fermentar, pero fermentable, obtenido a partir de la parte comestible de sonido, debidamente madura y fruta fresca o de fruta mantenido en buenas condiciones por medios adecuados, incluyendo tratamiento de superficie después de la cosecha aplicado de acuerdo con la disposición aplicable de la Comisión Codex Alimentarius.
“zumos de frutas concentrados”Significa que el producto que cumple con la definición dada en el Reglamento 12 (2) encima, excepto el agua se ha eliminado físicamente en una cantidad suficiente para aumentar el nivel Brix a un valor al menos 50% mayor que el valor Brix establecido para el jugo reconstituido de la misma fruta.
“Paquete”Significa cualquier forma de material de embalaje en el que los jugos y néctares de frutas se embalan para la venta como un solo elemento.
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Derogación de zumo de frutas y néctar Reglamento 2005.
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El zumo de fruta y el Reglamento de néctar 2005 Se deroga.
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La derogación de este Reglamento establecen en los Reglamentos 13 (1) de este Reglamento no afectará a todo lo hecho o presuntamente hecha en virtud de los Reglamentos derogados.
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Citación
Estas regulaciones pueden ser citados como Jugo de frutas y néctar Reglamento, 2018.
PLANIFICAR UNA"
DEFINICIONES Y COMPOSICIONES de zumos de frutas, Néctar y puré de frutas
El zumo de fruta puede contener azúcar, azúcar invertido o dextrosa y cualesquiera aditivos alimentarios, excluyendo edulcorante no nutritivo aprobado por la Agencia.
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Zumo de naranja (Agrios sinens)
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El jugo de naranja será el zumo de fruta obtenido del endocarpio de, naranjas maduras y el jugo pueden haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable adecuado para el propósito de mantener la composición y calidad esenciales factores del jugo.
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El sólido soluble determinado por el nivel mínimo de grados Brix para el single fuerza zumo de naranja no procedente de concentrado será 10 y el nivel de grados Brix para el zumo de naranja reconstituido a partir de concentrado será 11.2.
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El contenido de aceites esenciales de un zumo de naranja no excederá de 0,4 ml / kg.
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Jugo de piña (Ananas comosus) (piña sativus)
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El jugo de piña será el zumo de fruta obtenido a partir de piñas maduras de sonido y el zumo puede haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable adecuado para el propósito de mantener la composición y calidad esenciales factores del jugo.
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Los sólidos solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix serán 11.2 para el zumo de piña exclusión de los azúcares añadidos y donde se ha obtenido el jugo utilizando zumo concentrado con la adición de agua potable, los sólidos solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix serán 12.8 de jugo de piña exclusión de los azúcares añadidos.
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No se permite la cantidad total de azúcares añadidos no excederá de 25 g / kg y la adición de azúcares cuando el jugo se ha acidificado.
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contenido de etanol del jugo de piña no excederá de 3 g / kg.
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Jugo de uva (Vitis vinifera o híbridos de los mismos; Vitis labrusca o híbridos de los mismos)
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El jugo de uva será el zumo de fruta obtenido a partir de sonido, uvas maduras y el jugo pueden haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable adecuado para el propósito de mantener la composición y calidad esenciales factores de jugo.
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Los sólidos de uva solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix serán 13.5 para el zumo de uva y en el que el zumo se ha obtenido utilizando zumo concentrado con la adición de agua potable, los sólidos solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix serán 15.9 de jugo de uva.
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El contenido de etanol no excederá de 5 g / kg.
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El contenido de ácidos volátiles de un jugo de uva no será superior a 0,4 g / kg, expresada en ácido acético.
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Jugo de limon (Citrus limón )
(1) Jugo de Limón será el zumo de fruta obtenido a partir de sonido, limón maduro y el jugo pueden haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable adecuado para el propósito de mantener la composición y calidad esenciales factores del jugo.
(2) Los sólidos solubles de limón determinado por el nivel mínimo de grados Brix para el zumo de limón serán 7.0.
(3) El contenido de etanol de un jugo de limón no excederá de 3 g / kg.
(4) El contenido de aceites esenciales de un jugo de limón no excederá de 0,5 ml / kg.
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pomelos (Citrus paradisi)
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El zumo de pomelo será el zumo de fruta obtenido a partir de sonido, pomelos maduras y el jugo pueden haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable adecuado para el propósito de mantener la composición y calidad esenciales factores del jugo.
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Los sólidos solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix serán 9.5 para exclusivo pomelo de azúcares añadidos y la cantidad total de azúcares añadidos y el nivel mínimo de grados Brix para pomelo reconstituido a partir de concentrado será 10.0.
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La cantidad total de azúcares añadidos no será superior a 50g / kg.
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El contenido de etanol no excederá de 3,0g / kg.
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El contenido de aceites esenciales no excederá de 0,3 ml / kg.
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Jugo de manzana (Pyrus malus)
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El jugo de manzana será el zumo de fruta obtenido a partir de sonido, manzanas maduras y el jugo pueden haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable adecuado para el propósito de mantener la composición y calidad esenciales factores del jugo.
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Los sólidos solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix serán 10.2 de jugo de manzana y el nivel mínimo de grados Brix para el zumo de manzana reconstituido a partir de concentrado será 11.2.
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El contenido de etanol no excederá de 5 g / kg.
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El contenido de ácidos volátiles de un zumo de manzana no será superior a 0,4 g / kg, expresada en ácido acético.
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Zumo de grosella negra (Ribes 50)
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zumo de grosella negra será el zumo de fruta obtenido a partir de sonido, grosellas negras maduras y el jugo pueden haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable adecuado para el propósito de mantener la composición y calidad esenciales factores del jugo.
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Los sólidos solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix serán 10.5 de zumo de grosella negra y el nivel mínimo de grados Brix de grosella negra reconstituido a partir de concentrado será 11.0.
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La cantidad total de azúcares añadidos calculado como materia seca no será superior a 200 g / kg del producto final.
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El contenido de etanol no excederá de 3g / kg.
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El contenido de ácidos volátiles no deberá exceder 1,2 g / kg, expresada en ácido acético.
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Los demás jugos de fruta(s)
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Otros zumos de fruta serán los zumos de fruta a base de frutas de especies individuales y los jugos de fruta puede haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable apta para el propósito de mantener la composición y calidad de los factores esenciales del jugo.
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Los sólidos solubles determinados por el nivel mínimo de grados Brix corresponderán al contenido de sólidos solubles de la fruta madura exclusiva con nombre de azúcar como en ‘A’ Horario.
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La cantidad total de azúcares añadidos no será superior a 100g / kg, excepto para las frutas muy ácidos, donde se permite 200g / kg.
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No se permite la adición de azúcar cuando el jugo se ha acidificado.
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El contenido de etanol no excederá de 5 g / kg.
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El jugo de fruta mixta
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jugo de fruta mezclada será el zumo de fruta obtenido a partir de dos o más especies de frutas maduras de sonido y los jugos puede haber sido concentrado y luego reconstituido con agua potable apta para el propósito de mantener su composición y calidad esenciales factores.
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Los sólidos solubles determinado por el nivel mínimo de grados Brix (exclusión de los azúcares añadidos) deberá ser un valor que se corresponde con el contenido de sólidos solubles de los frutos maduros exclusivos de azúcares añadidos.
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La cantidad de azúcares añadidos, azúcar como seco calculado no será superior a 100g / kg.
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No se permite la adición de azúcares al zumo de frutas mezclado cuando el jugo se ha acidificado.
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El contenido de etanol de un zumo de fruta mixta no excederá de 3g / kg.
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jugo de frutas carbonatadas
jugo fangoso o jugo espumoso serán los jugos de frutas llamado impregnados con dióxido de carbono, bajo presión o en el que el zumo de fruta contiene más de 2 g / kg de dióxido de carbono y el término “carbonatado” deberá aparecer en estrecha proximidad con el nombre del producto y dióxido de carbono será declarado en la lista de ingredientes.
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Puré de frutas
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puré de fruta es el producto sin fermentar pero fermentable, obtenido tamizando la parte comestible de la fruta entera o pelada sin eliminar el zumo.
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La fruta deberá estar en buen estado, debidamente madura y fruta fresca o fruta conservada mediante procedimientos físicos.
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Puré concentrado de fruta se puede obtener por eliminación física de agua del puré de fruta.
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El puré de fruta puede haber restaurado sustancias aromáticas y componentes de sabor volátiles, todos los cuales se debe obtener por medios físicos adecuados, y todos los cuales deben ser devueltas por el mismo tipo de fruta. Pulpa y células obtenidas por medios físicos adecuados a partir de la misma especie de fruta pueden añadirse.
-
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Néctar
-
Néctar es el producto sin fermentar pero fermentable, obtenido por adición de agua potable, azúcares, o ambos o otros edulcorantes de hidratos de carbono como se describe en la Lista ‘C’ de puré de fruta o concentrado de puré de fruta o a una mezcla de estos productos.
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El contenido mínimo de zumo y / o puré será como en el Anexo ‘C’.
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sustancias aromáticas, componentes de sabor volátiles, pulpa y las células todos los cuales deben ser recuperados del mismo tipo de fruta y obtenerse por medios físicos apropiados que pueden añadirse. Ese producto, además, debe cumplir con los requisitos definidos para los néctares de frutas en el Anexo C
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HORARIO B’
COMPOSICIÓN
ingredientes básicos
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Los sólidos solubles son los siguientes -
-
para los zumos de fruta no a base de concentrado que se ofrecen para el consumo como tal, el contenido de sólidos solubles del zumo de concentración natural no será modificado y debe estar de acuerdo con el nivel mínimo de grados Brix establecido en la primera tabla de abajo;
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la preparación de las frutas destinadas al consumo directo que requiere la reconstitución de zumos o concentrados condensados debe estar de acuerdo con el nivel mínimo de grados Brix se indica en la primera tabla, exclusiva de los sólidos de los diversos ingredientes y aditivos opcionales añadidos y si hay que hay un nivel Brix especificados en la tabla, Brix mínimo se calcula sobre la base del contenido de sólidos solubles de la única fuerza, zumo no concentrado utilizado para producir tal zumo concentrado;
-
para el jugo reconstituido a partir de concentrado, agua potable utilizada en la reconstitución adoptará como mínimo Directrices Conoce calidad del agua potable de la Organización Mundial de la Salud con niveles de nitrato que no excederá 25 los niveles de mg / l y el sodio no excederán 50 mg / l.
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nivel mínimo de grados Brix para el zumo reconstituido a partir de concentrado y zumo de concentración natural no procedente de concentrado son los siguientes -
Nombre común de la fruta |
Nivel mínimo de grados Brix para zumo de fruta reconstituido y puré reconstituido |
mínimo de zumo y / o puréContenido (% v / v) para néctares de frutas |
|||
kiwi |
Actinidia deliciosa(UNA. Chev.) do. F. Liang & UNA.R. Fergoson |
( * ) |
( * ) |
||
Cashewapple |
Anacardium occidentale L. |
11.5 |
25.0 |
||
Piña |
UNAcomosus nanas (L.) sativis Merrill AnanasL. Schult. F. |
12.8Se reconoce que en diferentes países, el nivel Brix puede diferir naturalmente de este valor. En los casos donde el nivel Brix es consistentemente inferior a este valor, jugo reconstituido inferior de grados Brix de éstos países que se introduzcan en el comercio internacional serán aceptables, siempre que cumpla con el método de autenticidad indicado en la Norma General para Zumos y néctares de frutas y el nivel no será 10oBrix abajo de jugo de piña y jugo de manzana. |
40.0 |
||
Guanábana |
guanábana L. |
25.0 |
|||
Manzana de azúcar |
Annona squamosa L |
14.5 |
25.0 |
||
Fruta estrella |
carambola L. |
7.5 |
25.0 |
||
Papaya |
Carica papaya L. |
( * ) |
25.0 |
||
estrella Apple |
Chrysophyllum cainito |
( * ) |
( * ) |
||
Sandía |
8.0 |
40.0 |
|||
Lima |
8.0 |
De acuerdo con la legislación del país importador |
|||
Nombre común de la fruta |
Nombre botánico |
Nivel mínimo de grados Brix para zumo de fruta reconstituido y puré reconstituido |
Mínimo de zumo y / o puréContenido (% v / v) paranéctares de frutas |
||
Naranja agria |
Citrus aurantium L. |
( * ) |
50.0 |
||
Limón |
Citrus limon (L.) Burm. F.Citrus limonum Rissa cítricos |
8.014 |
De acuerdo con la legislación del país importador |
||
Pomelo |
Citrus paradisi Macfad |
10.014 |
50.0 |
||
pomelo Sweetie |
Citrus paradisi, grandis cítricos |
10.0 |
50.0 |
||
Mandarina / mandarina |
Citrus reticulata Blanca |
11.814 |
50.0 |
||
naranja |
Citrus sinensis (L.) |
11.8 - 11.214 y en consonancia con la aplicación de la legislación nacional de la importación |
50.0 |
||
país, pero no inferior a 11.2.Se reconoce que en diferentes países, el nivel Brix puede diferir naturalmente de esta gama de valores. En los casos donde el nivel Brix es consistentemente inferior a este rango de valores, jugo reconstituido inferior de grados Brix de estos países introducidos en el comercio internacional será aceptable, siempre que se ajuste al método de autenticidad indicado en la generalNorma para Zumos y néctares de frutas y el nivel no será inferior a 10la Brix. |
|||||
Coco |
Cocos nucifera L.15 |
5.0 |
25.0 |
||
Melón |
Cucumis melo L. |
35.0 |
|||
Casaba Melon |
Cucumis melo L subsp. hay Bowler. inodorus H. Jacq. |
7.5 |
25.0 |
||
melón |
Cucumis melo L. subsp. meloera. inodorus H. Jacq |
10.0 |
25.0 |
||
Membrillo |
Cydonnia oblonga Molino. |
11.2 |
25.0 |
||
Caqui |
Diospyros kaki Thunb. |
( * ) |
40.0 |
||
crowberry |
Empetraceae negro 50. |
6.0 |
25.0 |
||
Níspero |
Eribotrya japonesa |
( * ) |
( * ) |
||
Nombre común de la fruta |
Nombre botánico |
Nivel mínimo de grados Brix para zumo de fruta reconstituido y puré reconstituido |
Mínimo de zumo y / o puréContenido (% v / v) paranéctares de frutas |
||
Guavaberry Birchberry |
Eugenia jeringa |
( * ) |
( * ) |
||
Surinam cereza |
Eugenia uniflora Rich. |
6.0 |
25.0 |
||
Higo |
Ficus carica L. |
18.0 |
25.0 |
||
Naranja china |
Fortunella Swingle sp. |
( * ) |
( * ) |
||
fresa |
Fragaria x. ananassaDuchense (Fragaria chiloensisDuchesne x Fragariavirginiana Duchesne) |
7.5 |
40.0 |
||
jenipapo |
Genipa americana |
17.0 |
25.0 |
||
Espino cerval |
elaeguacae hippophae |
( * ) |
25.0 |
||
Buckthornberry= Sallowthornberry |
Hipppohae rhamnoides L. |
6.0 |
25.0 |
||
Litchi / lichi |
Chinensis Sonn litchi. |
11.2 |
20.0 |
||
Tomate |
Lycopersicum esculentum L. |
5.0 |
50.0 |
||
acerola (al oeste de la cereza) |
indio |
Malpighia sp. (poder. & sesse) |
6.5 |
25.0 |
|
manzana |
Malus domestica Borkh. |
11.5Se reconoce que en diferentes países, el nivel Brix puede diferir naturalmente de este valor. En los casos donde el nivel Brix es consistentemente inferior a este valor, jugo reconstituido inferior de grados Brix de estos países introducidos en el comercio internacional será aceptable, siempre que cumpla con el método de autenticidad indicado en la Norma General para Zumos y néctares de frutas y el nivel no sea abajo 10la Brix para el zumo de piña y jugo de manzana. |
50.0 |
||
crab Apple |
prunifolia malus (Willd.)Borkh. Malus sylvestris Molino. |
15.4 |
25.0 |
||
mammee de Apple |
americana del mamífero |
( * ) |
( * ) |
||
Nombre común de la fruta |
Nombre botánico |
Nivel mínimo de grados Brix para zumo de fruta reconstituido y puré reconstituido |
Mínimo de zumo y / o PureeContent (% v / v) para la fruta néctares |
||
Mango |
Mangifera indica L. |
13.5 |
25.0 |
||
Mora |
Morus sp. |
( * ) |
30.0 |
||
Plátano |
incluyendo especies de Musa M. acuminata y M. paradisiaca pero excluyendo otros plátanos |
( * ) |
25.0 |
||
Maracuyá amarillo |
Passiflora edulis |
( * ) |
( * ) |
||
Maracuyá |
Pasiflora edulis Sims. F. edulus Passiflora pasando Sims. F. sobre flavicarpa. Def. |
12 |
25.0 |
||
Maracuyá |
Passiflora quadrangularis. |
( * ) |
( * ) |
||
Fecha |
Phoenix dactylifera L. |
18.5 |
25.0 |
||
zapote |
Pouteria sapota |
( * ) |
( * ) |
||
Albaricoque |
Prunus armeniaca L. |
11.5 |
40.0 |
||
Cereza dulce |
Prunus avium L. |
20.0 |
25.0 |
||
Cereza agria |
Prunus cerasus L. |
14.0 |
25.0 |
||
Stonesbaer |
Prunus cerasus L.cv Stevnsbær |
17.0 |
25.0 |
||
ciruela |
Prunus domestica L. subsp. ama de llaves |
12.0 |
50.0 |
||
Ciruela pasa |
Prunus domestica L. subsp. ama de llaves |
18.5 |
25.0 |
||
Quetsch |
Prunus domestica L. subsp. ama de llaves |
12.0 |
25.0 |
||
Nectarina |
Prunus persica (L.) Batsch var. PEACH (Suckow) do. K. corte. |
10.5 |
40.0 |
||
melocotón |
Prunus persica (L.) Batsch var. persica |
10.5 |
40.0 |
||
Endrino |
Prunus spinosa L. |
6.0 |
25.0 |
||
Guayaba |
Psidium guajava L. |
8.5 |
25.0 |
||
Granada |
Punica granatum L. |
12.0 |
25.0 |
||
Nombre común de la fruta |
Nombre botánico |
Mínimo de zumo y / o puréContenido (% v / v) para néctares de frutas |
|||
Aronia / Aronia |
arbustifolia Pyrus (L.) pers. |
( * ) |
( * ) |
||
Pera |
Pyrus communis 50. |
40.0 |
|||
negro grosella |
Ribes 50 |
11.0 |
30.0 |
||
Grosella |
Ribes 50. |
10.0 |
30.0 |
||
Pasa blanca |
Ribes 50. |
10.0 |
30.0 |
||
rojo grosella espinosa |
Ribes uva-crispa |
( * ) |
30.0 |
||
Goosberry |
Ribes uva-crispa L |
7.5 |
30.0 |
||
blanco Goosberry |
Ribes uva-crispa L |
( * ) |
30.0 |
||
cynorrhodon |
L rosa mosqueta. |
( * ) |
40.0 |
||
rosa mosqueta |
Rosa sp. L. |
9.0 |
40.0 |
||
mora de los pantanos |
Rubus chamaemorus 50. |
9.0 |
30.0 |
||
Mora |
Rubus chamaemorus 50. Morus híbrido |
( * ) |
40.0 |
||
Mora |
Rubus L fruitcosus. |
9.0 |
30.0 |
||
Baya de gota |
mata de pelo (de América del Norte)R. caesius (de Europa) |
10.0 |
25.0 |
||
Frambuesa roja |
Rubus idaeus L. Rubus strigosus Michx. |
8.0 |
40.0 |
||
loganberry |
Rubus loganobaccus L. H. Muralla exterior |
10.5 |
25.0 |
||
Frambuesa negro |
Rubus occidentalis 50. |
11.1 |
25.0 |
||
boysenberry |
Rubus ursinus del jamón. & Schltdl. |
10.0 |
25.0 |
||
Zarzamora |
Rubus vitifolius x Rubus idaeus Rubus baileyanis |
10.0 |
25.0 |
||
La baya del saúco |
Sambucus nigra L. Sambucus canadensis. |
10.5 |
50.0 |
||
Nombre común de la fruta |
Nombre botánico |
Nivel mínimo de grados Brix para zumo de fruta reconstituido y puré reconstituido |
Mínimo de zumo y / o puréContenido (% v / v) paranéctares de frutas |
||
Lulo |
Solanum quitoense Lam. |
( * ) |
( * ) |
||
Serba |
Sorbus L. |
11.0 |
30.0 |
||
Serbal |
Sorbus domestica |
( * ) |
30.0 |
||
Caja |
Spondia lutea L. |
10.0 |
25.0 |
||
umbu |
Spondias tuberosa Arruda ex Kost. |
9.0 |
25.0 |
||
pepita de Apple |
Indica Syzygiunjambosa Tamarindus |
( * ) |
( * ) |
||
Tamarindo (dátil de la India) |
Theobroma cacao L.Theobroma grandiflorum |
13.0 |
Contenido suficiente para alcanzar un mínimoacidez de 0.5 |
||
pulpa de cacao |
Theobroma cacao L. |
50.0 |
|||
ü Cupuac |
Theobroma grandiflorum L |
9.0 |
35.0 |
||
Arándano |
Vaccinium macrocarpon Aiton Vaccinium oxycoccos L. |
7.5 |
30.0 |
||
El arándano / arándano |
Vaccinium myrtillus L. Vaccinium corymbosum L.Vaccinium angustifolium |
40.0 |
|||
lingonberry |
Vaccinium vitis-idaea L. |
10.0 |
25.0 |
||
Uva |
Vitis vinifera L. o híbridos de los mismosVitis Labruscuna o híbridos de los mismos |
16.0 |
50.0 |
||
Otro:La alta acidez |
Contenido suficiente para alcanzar un mínimoacidez de 0.5 |
||||
Otro: El alto contenido de pulpa, o fuerte aroma |
25.0 |
||||
Otro: |
|||||
baja acidez,bajo contenido de pulpa, osabor baja / media |
50.0 |
||||
**A los efectos de la Norma el Brix se define como el contenido de sólidos solubles del jugo como se determina por el método encontrado en la Sección de Métodos de análisis y muestreo. Si un jugo se fabrica a partir de una fruta no mencionada en la lista anterior, debería, sin embargo, cumplir con todas las disposiciones de la Norma, excepto que el nivel mínimo de grados Brix del jugo reconstituido será el nivel Brix exprimido de la fruta utilizada para elaborar el concentrado.
La Lista de C’
Mínimo de zumo / o puré en los néctares FRUIT
Los néctares de frutas elaborados a partir de |
Jugo mínimo y / o puré (% m / m) |
Albaricoque |
35 |
Arándano |
40 |
Mora |
30 |
Grosella negra |
30 |
Grosella negra (no pulposo) |
30 |
mora de los pantanos |
30 |
Arándano |
|
La baya del saúco |
50 |
Goosberry |
30 |
Pomelo |
50 |
Guayaba |
25 |
mandarina |
50 |
Mango (pulposo) |
30 |
naranja |
50 |
melocotón |
40 |
Mirar |
40 |
Frambuesa |
40 |
Grosella |
30 |
rosa mosqueta |
40 |
Serba |
30 |
Espino cerval |
25 |
fresa |
40 |
Mandarina |
50 |
whitecurrant |
30 |
Otro arándano: alta ácida |
30 |
manzana |
50 |
Plátano |
25 |
Otro: La alta acidez, Elevado contenido de pulpa, o fuerteSabor |
25 |
Otro: baja acidez, Bajo contenido de pulpa, o Bajo / MedioSabor |
50 |
PROGRAMA ‘D’
FUNCIÓN |
MÁXIMONIVEL |
|
4.1 |
ANTIOXIDANTES |
|
300 |
Ácido ascórbico |
Limitado por las BPF |
220 |
Dióxido de azufre (limón, cal y el mosto de uva solamente) |
350mg / l |
4.2 |
REGULADORES DE LA ACIDEZ |
|
300 |
Ácido cítrico |
2g / l |
330 |
El ácido cítrico para (néctares) |
5g / l |
296 |
Ácido málico (o néctares) |
Limitado por las BPF |
336 |
Ácido tartárico (para los néctares) |
Limitado por las BPF |
4.3 |
AGENTES carbonatación |
|
290 |
Dióxido de carbono |
Limitado por las BPF |
4.4 |
ESTABILIZADORES |
|
440 |
Las pectinas |
<3g / l |
4.5 |
EDULCORANTES (O NÉCTARES) |
|
950 |
Acesulfamo K |
<350mg |
951 |
El aspartamo |
<600mg |
952 |
Ácido ciclámico y sales |
<400mg / l |
954 |
Sacarina y sales |
<80mg / l |
955 |
La sucralosa |
<250mg / l |
954 |
neohesperidina |
30mg / l |
4.6 |
Los conservantes pueden añadirse según lo determinado por la Agencia |
USO Y LÍMITES de aditivos alimentarios AUXILIARES: - nivel máximo de uso de acuerdo Buenas Prácticas de Manufactura (GMP)
FUNCIÓN |
SUSTANCIA |
antiespumantes |
polimetilsiloxano5 |
agentes clarificantesfiltración SidaAgentes floculantes |
arcillas adsorbentes(blanqueo, tierras naturales o activadas) |
resinas adsorbentes |
|
Carbón activado (Sólo a partir de plantas) |
|
Bentonita |
|
Hidróxido de calcio |
|
Celulosa |
|
El quitosano |
|
Sílice coloidal |
|
La tierra de diatomeas |
|
Gelatina (de colágeno de la piel) |
|
Resinas de intercambio iónico (Cationes y aniones) |
|
Caolín |
|
perlita |
|
polivinilpolipirrolidona |
|
tartrato de potasio |
|
carbonato de calcio precipitado |
|
Cáscaras de arroz |
|
sol de sílice |
|
Dióxido de azufre |
|
Tanino |
La Lista de Correo’
Contaminante en el jugo de frutas / néctares |
Máximolímites(mg / kg) |
Arsénico (Como) |
0.2 mg / kg |
Dirigir (Pb) |
0.1 mg / kg |
creer (Sn) |
200 mg / kg |
Cobre (con) |
5 mg / kg |
Zinc (Zn) |
5 mg / kg |
Planchar (Fe) |
15 mg / kg |
Suma de Cobre, El zinc y el hierro |
20 mg / kg |
Las impurezas minerales insolubles en 10% de ácido clorhídrico no deberá exceder de 25 mg / kg (sólo para jugos clarificados) |
|
toxinas |
|
Las micotoxinas |
|
patulina (zumo de manzana y los ingredientes de zumo de manzana) |
50 g / kg |
*Límites máximos de contaminantes en zumo de fruta y néctares
PRÓXIMO PASO?
Lo anterior sólo proporciona una visión general y no constituye asesoramiento jurídico. Se advierte a los lectores en contra de tomar cualquier decisión sobre la base de esta publicación solo. Más bien, asesoría legal específica debe obtenerse.
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